EL TRIBUNAL DE JUSTICIA EUROPEO DECLARA ILEGAL EL DESDOBLAMIENTO DE LA M-501

Mediante sentencia hecha pública hoy, 15 de diciembre de 2001, el Tribunal de Justicia Europeo declara que el Reino de España ha incumplido la normativa europea, al haber procedido a desdoblar la carretera M-501. Ecologistas en Acción valora muy positivamente esta sentencia que supone un fuerte revés para los argumentos que venía utilizando la Comunidad de Madrid para no ejecutar la sentencia de los tribunales españoles.


La Sala Quinta del Tribunal de Justicia Europeo acaba de hacer pública la sentencia por la cual declara que el Reino de España ha incumplido la normativa europea en lo referente a la Directiva 85/337/CEE, sobre evaluación de impacto ambiental y a la Directiva 92/43/CEE, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres. Esta sentencia es consecuencia del recurso interpuesto por la Comisión Europea en diciembre de 2008, provocado, a su vez, por las quejas interpuestas por Ecologistas en Acción y SEO/BirdLife.

Hay que recordar que esta sentencia llega después de que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en febrero de 2008, declarase nulos los acuerdos por los cuales se aprobó el desdoblamiento y se declaró de interés público de primer orden e, instase a la restauración de los terrenos afectados. Posteriormente, en febrero de 2011, esta sentencia fue ratificada por el Tribunal Supremo. 
 

A pesar de ello, la Comunidad de Madrid viene negándose obstinadamente a cumplir estas sentencias alegando, por una parte que las sentencias ya estaban cumplidas gracias a los acuerdos alcanzados con la Comisión Europea, en 2008, relativos a una supuesta evaluación ambiental a posteriori. Por otra parte sigue amparándose en el interés público del desdoblamiento basándose en la siniestralidad de la carretera.

Sin embargo, el Tribunal Europeo va desmontando todos y cada uno de los argumentos esgrimidos por la Comunidad de Madrid. Acredita la existencia de un grave daño a hábitats y especies, fragmentación del territorio, considera que la evaluación ambiental a posteriori no minimiza las afecciones ya que debería haberse realizado con anterioridad a la ejecución de las obras. En cuanto a la declaración de interés público de primer orden, afirma que tal declaración se hizo sin realizar la correspondiente evaluación ambiental y por tanto sin valorar la existencia de alternativas para resolver los problemas de siniestralidad.

Ecologistas en Acción valora muy positivamente esta sentencia y aunque llegue tarde aparece en un momento crucial, cuando se está resolviendo la ejecución forzosa de la sentencia inicial del TSJM. Se da la circunstancia de que la principal razón argumentada por la Comunidad de Madrid para no restituir los terrenos a su estado original es, precisamente, el acuerdo alcanzado ante la Comisión Europea. Este argumento se ha derrumbado como un castillo de naipes con esta sentencia.

Ecologistas en Acción considera que ante el abuso de autoridad manifestado por el Gobierno regional, el desprecio a la legalidad y al medio ambiente, el constante engaño a la sociedad y el intento de demonizar a todas las personas y asociaciones que se han manifestado contrarias a esta obra ilegal, deberían existir responsabilidades políticas y judiciales. La Presidenta, Esperanza Aguirre, Mª Dolores de Cospedal o Manuel Lamela (Consejeros de Transporte en 2005 y 2008), han sido los responsables directos de esta obra y quienes deberían costear con su patrimonio personal el gasto de la restauración de los terrenos.

– Sentencia completa

Más información: Mª Ángeles Nieto 656 92 50 82

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